sábado, 8 de octubre de 2011

Fuentes, la sanción del Campeón y otra realidad

Ayer, nuestro compañero David G. publicaba un artículo sobre Marca bastante interesante que podeis leer aquí.

En el, entre otras cosas nos contaba como Marca, en su edición online, contaba su propia verdad, dejando a un lado la versión oficial ofrecida por el Comité en cuanto a la sanción a Mou y Tito se refiere. Trás este post, y el correspondiente tweet de David G. a J.I. Gallardo, subdirector del diario Marca en edición impresa, el diario hizo una especie de rectificación que, para mi en concreto no es suficiente, sino todo lo contrario.

Pero resulta que no sólo se dijo una verdad distinta a la real en la página web, sino que en la edición impresa ocurrió exactamente lo mismo. En su sección diaria, el periodista Ramón Fuentes (tambien trabaja en los Deportes de Telecinco), publicaba el siguiente artículo (para leer a tamaño completo, presionar ctrl y hacer click encima de la imagen):


En primer lugar, me impresiona un poco el titular. Creo y quiero entender que con "El castigo del Campeón" se refiere a que sólo cumplirá la sanción aquel que juegue de nuevo la Supercopa, hecho que sucedería si previamente se gana Liga o Copa, de ahí lo de Campeón. Pero aún así, no creo que el titular sea el mas oportuno para hablar de una sanción por agresión... Pero la realidad es que entre él y yo, es Ramón Fuentes quién tiene la carrera de periodismo y quién, a buen seguro y sin duda alguna, sabe elegir mejor que yo los titulares de sus artículos. Pero simplemente yo doy mi opinión, que ahi queda.

En segundo lugar, lo verdaderamente importante. Debajo del titular, podemos leer claramente: "Analizados los hechos, se considera que la acción del 'dedo' es leve al ser consecuencia de una provocación y no haber daños".

Nada más lejos de la realidad. Si entramos en la web oficial de la RFEF, podremos acceder facilmente a la Resolución del Juez de Competición sobre la Supercopa de España.

En dicho documento, página 4, párrafo 2, podemos leer lo siguiente:

"Al margen de lo ya expuesto, el Instructor, tras desestimar la atenuante de
provocación previa del artículo 10.b) por las consideraciones que expone, sitúa el
reproche del artículo 123 en su grado más alto, con tres partidos de suspensión."

Este párrafo deja bastante claro que se desestima que la acción de Mourinho venga provocada por provocación alguna, por lo que Fuentes no puede decir que "la acción del 'dedo' es leve al ser consecuencia de una provocación".

Si leemos su articulo al completo, podemos leer que el Real Madrid entendía que había mediado provocación. Eso ya es diferente, es otra cosa, el club blanco era libre de entender los hechos de esa manera.

Pero, tal y como hemos visto en la resolución oficial, no podemos hablar de sanción leve por ser consecuencia de provocación, porque el Comité desestimo que hubiese dicha provocación.

Por tanto, desde aquí pido a Ramón Fuentes, que, si es posible, y para que todos sus lectores entiendan la historia de manera correcta y verídica, rectifique y corrija ese error lo antes posible, que sin duda ha podido equivocar a más de uno.

2 comentarios:

Cuanto más fácil se lo pongan al R.Madrid, más motivados saldrán los jugadores del Barça y más títulos ganaremos! al final lo que cuenta y lo que más nos pone a los cules a parte de los títulos es ir cerrando bocas! salut!! @kikucule ;)

NO hay que generalizar, por que yo soy madridista y no me meto en el saco de este señor, me parece una vergüenza por parte de Marca llamar a algo tan repugnante es algo leve, por favor, que poca vergüenza tiene Marca

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